jueves, 4 de junio de 2009

Carta de Sir Thomas More a su hija


El 3 de junio de 1535, Sir Thomas More compareció por tercera vez ante el Consejo Real, integrado por Thomas Cranmer (Arzobispo de Canterbury), Thomas Audley (nuevo Canciller de Inglaterra), Charles Brandom (Duque de Suffolk), Thomas Bolena y Thomas Cromwell (Secretario del Rey Enrique VIII). El propósito era conseguir obtener del más famoso prisionero de la Torre de Londres su juramento de adhesión al Acta de Supremacía, que proclamaba al Rey Cabeza de la Iglesia de Inglaterra, o arrancar los motivos por los que se negaba a hacerlo, para poder acusarlo de Alta Traición. More era un hueso duro de roer.
Finalizado el interrogatorio, el ex-Canciller escribe a su hija esta carta.


Nuestro Señor te bendiga a ti y a los tuyos.

Amadísima hija, ya que es muy probable que hayas oído –o que en breve oigas– que el Consejo estuvo aquí hoy, y que comparecí ante ellos, he creído necesario enviarte razón de cómo sigue el asunto. Verdaderamente, y siendo breve, percibo poca diferencia entre esta vez y la anterior, ya que por lo que puedo ver, el propósito de todo esto es hacer que me pronuncie en un sentido o en el otro.
Se sentaron aquí mi Señor de Canterbury, mi Señor el Canciller, mi Señor de Suffolk, mi Señor de Wilshire y Maese el Secretario. Y después de que yo llegara, Maese el Secretario me repitió el modo en el que había informado a su Alteza Real: qué me había dicho su Gracioso Consejo y lo que yo le había respondido en mi última comparecencia. Esto, a fe mía, lo repitió Maese el Secretario muy bien, como yo reconocí, confesé y de todo corazón le agradecí. Seguidamente añadió que su Alteza Real en modo alguno estaba contento o satisfecho con mi respuesta. Por el contrario, él pensaba que por mi conducta, yo había dado ocasión de rencor y daño al reino, y que tenía una mente obstinada y malvada contra él. Siendo cual era mi deber de súbdito, él les había enviado ahora -en su nombre y sobre mi lealtad- para ordenarme que diera una respuesta clara y terminante sobre si yo pensaba que el estatuto era legítimo o no. Por tanto, yo debía reconocer y confesar que era legal que su Alteza debía ser la Cabeza Suprema de la Iglesia de Inglaterra, o si no, manifestar claramente mi malicia.
A esto respondí que no tenía malicia y que, por tanto, ninguna podía manifestar. Y en lo referente al asunto, no podía dar otra respuesta que la que antes había dado, la cual Maese el Secretario allí había repetido. Muy apesadumbrado estaba yo de que su Alteza Real pudiera tener tal opinión de mí. Aunque, si había habido alguien que hubiera informado a su Alteza de muchas cosas malvadas de mí (inciertas, pero a las que su Alteza había dado crédito en esta ocasión), yo sentiría mucho que tuviera tal opinión de mí en el espacio de un día. Si yo supiera con certeza que otro iba a venir por la mañana por quien su Gracia comprendiera la verdad de mi inocencia, hasta entonces este pensamiento me consolaría. Así, ahora, aunque es un gran pesar para mí que su Alteza tenga tal opinión de mí por el momento y no tengo remedio para evitarlo, me consuela pensar que sé muy bien que vendrá el momento cuando Dios declarare mi verdad hacia su Gracia, ante él y todo el mundo. Y pese a que esto podría parecer un motivo pequeño de consuelo –pues mientras tanto yo podría sufrir daño–, le daba gracias a Dios de que mi situación en este asunto era así por la claridad de mi propia conciencia: aunque yo sufriera dolor no podría recibir mal, ya que un hombre puede en tal caso perder su cabeza sin recibir mal. Pues estaba muy seguro de que no tenía afectos corrompidos, sino que siempre desde el principio en verdad me he acostumbrado a mirar primero a Dios y después al Rey, según la lección que su Alteza me enseñó al entrar por primera vez a su servicio, la lección más virtuosa que jamás un príncipe enseñó a su siervo. Que su Alteza tenga de mí tal opinión es mi gran pesar, pero no tengo medio alguno, como dije, de evitarlo, sino sólo consolarme mientras con la esperanza de ese día gozoso en el que mi verdad para con él será conocida. Y más allá no puedo ir en este asunto, ni puedo dar otra respuesta a esto.
A esto tanto mi Señor el Canciller como Maese el Secretario dijeron que el Rey, por sus leyes, podría forzarme a dar a esto una respuesta clara, en un sentido o en otro.
Respondí que no discutiría la autoridad del Rey (o qué haría su Alteza en tal caso), pero dije que en verdad me parecía, pese a poder ser corregido, un tanto duro. Porque si sucedía que mi conciencia me enfrentaba a los estatutos (con lo que no hago declaración alguna sobre cómo me guía mi conciencia) entonces, sin hacer ni decir yo nada contra el estatuto, sería una cosa muy dura forzarme a decir precisamente lo que va contra mi conciencia, para pérdida de mi alma, o, en el otro sentido, precisamente aquello que lleva a la destrucción de mi cuerpo.
A lo cual Maese el Secretario dijo que, antes, cuando yo era Canciller y examinaba a los herejes, ladrones y otros malhechores, él me había alabado muy por encima de mis merecimientos en esto. Y añadió que, según tenía entendido, yo entonces solía –o al menos los obispos lo hacían– examinar a los herejes sobre si creían que el Papa era la cabeza de la Iglesia, y solía forzarles a dar una respuesta precisa sobre esto. Por qué, entonces, no debería el Rey, puesto que se ha promulgado aquí una ley por la que su Gracia es Cabeza de la Iglesia, forzar a los hombres ahora a responder con precisión a la ley, como hicieran en su día respecto al Papa.
Respondí y dije que dejaba claro que no tenía propósito de defender postura alguna o buscar polémica, mas añadí que había una diferencia entre aquellos dos casos, ya que en aquel momento, tanto aquí como en el resto del cuerpo de la Cristiandad, el poder del Papa se reconocía como algo indudable, lo cual no se parece a algo acordado en este reino y contrario a lo tenido por verdad en otros reinos. A esto Maese el Secretario respondió que igual que unos fueron quemados por negar aquello, son decapitados otros por negar esto, y por tanto tan buena razón era para forzarles a dar una respuesta precisa en un sentido o en otro.
A esto respondí que, puesto que en este caso un hombre no está del mismo modo obligado en su conciencia por una ley de un reino, habiendo una ley en sentido contrario en todo el cuerpo de la Cristiandad en un asunto que toca a las creencias, como lo está por una ley de todo el cuerpo aunque pueda haberse hecho una ley local en algún lugar en sentido contrario, lo razonable o no razonable de obligar a un hombre a una respuesta precisa no se fundamenta con respecto a, o por la diferencia entre, la decapitación o la hoguera, sino por que la diferencia en el cargo de conciencia hace que la diferencia sea entre la cabeza y el infierno.
Mucho debatieron a propósito de esto tanto Maese el Secretario como mi Señor el Canciller, y demasiado largo para repetirlo. Y en conclusión me ofrecieron un juramento en el cual yo habría de jurar dar una respuesta verdadera a las cosas que debían preguntárseme de parte del Rey, relativas a la propia persona del Rey.
A propósito de esto respondí que en verdad tenía el propósito de nunca más tomar juramento alguno mientras viviera. Ellos dijeron entonces que era obstinación si yo lo rechazaba, porque cualquier hombre lo hace en la Cámara Estrellada o en cualquier otro sitio. Dije que eso era cierto, pero que no tenía tan poca vista como para no poder conjeturar qué puntos serían parte de mi interrogatorio y tan bueno era rechazarlos desde el principio como después.
A esto mi Señor el Canciller respondió que pensaba que yo estaba en lo cierto, porque iba a ver esos puntos y así me fueron mostrados y eran dos: el primero, si yo había visto el estatuto; el segundo, si yo creía que era un interrogatorio legal o no. Seguidamente, rechacé el juramento y añadí de palabra que lo primero lo había confesado antes, y, de lo segundo, no daría respuesta alguna.
Esto fue el final de la entrevista y seguidamente se me envió fuera. En dicha entrevista se comentó que era sorprendente que me empeñara tanto en mi conciencia, cuando en realidad yo no estaba seguro de esto. A esto dije que estaba bien seguro de que mi propia conciencia, informada como está por la diligencia que durante tanto tiempo he tenido en esto, no se opone a mi propia salvación. No me entrometo en la conciencia de aquéllos que piensan de otro modo:
todo hombre permanece en pie y cae para su señor. No soy juez de hombre alguno. También se me dijo que si estaba dispuesto vivir lo mismo fuera del mundo que dentro, como había dicho allí, por qué no hablaba claramente si quiera contra el estatuto. Parecía bien claro que no me agradaba morir, aunque eso decía. Respondí a esto, como es verdad, que no he sido hombre de vida tan santa que me atreviera a ofrecerme a mí mismo a la muerte, no fuera que Dios por mi presunción tolerara que yo cayera, y por tanto no me echo hacia delante sino hacia atrás. Aunque si Dios me lleva a ella Él mismo, entonces confío en su gran misericordia, que no dejará de darme gracia y fuerza.
En conclusión, Maese el Secretario dijo que hoy yo le había gustado mucho menos que la última vez, porque, entonces, dijo, se compadeció mucho de mí y ahora pensaba que no tenía buena intención; pero Dios y yo sabemos que tengo buena intención y a Él pido que la tenga conmigo.
Te ruego que tú y mis otros amigos tengáis buen ánimo, pase lo que me pase, y no os preocupéis por mí, sino rezad por mí como yo hago y haré por ti y por todos ellos.
Tu padre que te ama tiernamente, Tomás Moro Caballero.

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Beowulf MS

Beowulf MS
Hwaet!